ARTÍCULO 111. En los trabajos de soldaduras u otros que conlleven el peligro de emanación de radiaciones ultravioletas en cantidad nociva, se tomarán las precauciones necesarias para evitar la difusión de dichas radiaciones o disminuir su producción, mediante la establecimiento de pantallas alrededor del punto de origen o entre https://fionad914rxd5.csublogs.com/profile